JURISPRUDENCIA SOBRE LA RENOVACION DE PERMISO DE RESIDENCIA NO LUCRATIVA

EL REQUISITO DE DISPONIBILIDAD DE MEDIOS ECONOMICOS
Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Administrativo
Sentencia No. 110/2019 de fecha 01/02/2019
Nº de Recurso: 3141/2017
Para la segunda y/o ulteriores renovaciones de autorización de residencia no lucrativa se requiere acreditar la disponibilidad de medios económicos que representen mensualmente en euros el 400% del IPREM. Se trata de una condición necesaria para obtener la renovación de este tipo de autorizaciones no lucrativas, cuyo incumplimiento hace innecesario la valoración de otras circunstancias que no se establecen como sustitutivas o moderadoras de dicha exigencia.
Con los datos suministrados, se puede consultar el texto integro de la sentencia completa a través del siguiente link:
http://www.poderjudicial.es/search/DeActualidad/AN/Contencioso/
